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Edad Media: Las Merindades de Castilla (Siglos VIII - X )
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Durante el avance y repoblación de la Castilla altomedieval, desde las montañas cantábricas hasta el Tajo, se utilizan dos modelos de organización administrativa completamente distintos que diferencian la Castilla de las Merindades y de la de las Comunidades de Villa y Tierra. La frontera geográfica que separa ambos territorios, a grandes rasgos, sigue el río Duero. La frontera cronológica entre ambas Castillas es marcada por las expediciones de Almanzor, correspondiendo las Merindades a las tierras organizadas y repobladas antes de las campañas del gran caudillo musulmán y que sobrevivieron a los desastres de sus aceifas desde 976 hasta 1002.
Las Merindades son las viejas tierras cristianas del siglo VIII más las repoblaciones de los IX y X que constituirán despues la Merindad Mayor de Castilla, o, más simplemente, la Castilla por antonomasia. La descripción geográfica de la tierra de las Merindades está plasmada en el Becerro de las Behetrías, redactado en 1351 por orden de Pedro I, en el que se recogen 2.402 aldeas (1.914 habitadas y 488 despobladas) pertenecientes a las 15 merindades menores descritas en dicho libro cuyo límite meridional son las Comunidades de Villa y Tierra. Estas
15 merindades
eran: Cerrato, Infantazgo de Valladolid, Monzón, Campos, Carrión,
Villadiego, Aguilar, Liébana, Saldaña, Asturias de Santillana,
Castrojeriz, Candemuñó, Burgos-Ubierna, Castilla Vieja y Santo Domingo
de Silos. Pero sabemos por otras fuentes que constituían o habían
constituido también la Merindad Mayor de Castilla otras cinco merindades
menores, a saber: Bureba, Montes de Oca, Rioja, Logroño y Allende Ebro,
que faltan en el Becerro de las
Behetrías por causas desconocidas.
Como delegados suyos, estaban los jueces o sayones, que desde un castillo regían pequeños territorios llamados alfoces o suburbios. Dentro de los alfoces se
encontraban las aldeas formadas por grupos humanos reducidos de cinco a
veinte familias y muy dispersos. Cada una de estas aldeas tenía
su término y su conventus vicinorum
o concilium (concejo), que era
competente en todos los asuntos que afectaban a todos los vecinos como
eran la regulación de pastos, montes y aprovechamientos comunales.
>Saltemos un poco hacia el futuro. El reino de Castilla se formará en 1157 con los cuatro condados de Fernán González y sus sucesores que son: Álava, Castilla, Asturias de Santillana y Monzón, uniéndose en el Siglo XII el de Liébana-Saldaña-Carrión. Este territorio constituye desde el siglo XIII, después de la reunificación con el reino de León, la Merindad Mayor de Castilla. La organización de condados desaparece sustancialmente en el siglo XI y aparecen los tenentes directamente dependientes del Rey al frente de uno o varios alfoces. La figura semimilitar del tenente fue desplazada gradualmente por la de merino del Rey, de carácter más económico-administrativo-judicial, hasta que en el siglo XIV todo el territorio de Castilla está bajo la superior autoridad del Merino Mayor de Castilla que nombra un merino menor delegado en cada una de las veinte merindades anteriormente descritas.
Fuentes:
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